Conocimiento Exigible: Todo procurador colegiado tiene la obligación de conocer estas normas. La ignorancia del Código no exime de su cumplimiento; su infracción conlleva responsabilidad disciplinaria.
Legalidad Integral: Más allá del código, el profesional está sujeto al estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico general y de la organización colegial.
El procurador no actúa de forma aislada, sino como parte de una institución que vela por el interés público:
Disciplina y Acuerdos: Es obligatorio observar y cumplir las disposiciones y acuerdos que emanen del Colegio y los Consejos.
Sostenimiento Institucional: El colegiado debe satisfacer puntualmente las cuotas y contribuciones económicas para garantizar el funcionamiento de los servicios comunes.
Cooperación Activa: Existe el deber de aportar datos o documentos solicitados por el Colegio para el ejercicio de sus funciones supervisoras.
Lealtad Institucional: Se debe respeto y lealtad a los miembros de los órganos de gobierno en atención al servicio que prestan a la profesión.
Comunicaciones Comerciales: El procurador puede realizar publicidad de sus servicios siempre que respete la Ley de Competencia Desleal y la Ley General de Publicidad.
Presupuesto Previo: Existe el derecho del cliente a solicitar y recibir un presupuesto detallado (nota de encargo) antes del inicio del servicio.
En el Ilustre Colegio Provincial de Procuradores de Badajoz trabajamos para garantizar la agilidad y seguridad jurídica que los ciudadanos y profesionales del derecho merecen. Representamos los intereses de nuestros colegiados bajo los más altos estándares de ética y eficiencia.